CAPÍTULO I. Ámbito de aplicaciónArtículo 1. Principios generales. En desarrollo del artículo 51. 1 y 2 de la Constitución que, de acuerdo con el artículo 53. 3 de la misma, tiene el carácter de principio informador del ordenamiento jurídico, esta norma tiene por objeto establecer el régimen jurídico de protección de los consumidores y usuarios en el ámbito de las competencias del Estado. En todo caso, la defensa de los consumidores y usuarios se hará en el marco del sistema económico diseñado en los artículos 38 y 128 de la Constitución y con sujeción a lo establecido en el artículo 139. Artículo 2. Ámbito de aplicación. Está Norma será de aplicación a las relaciones entre consumidores o usuarios y empresarios.
|