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Definición legal de Importador
Artículo 2.
Definiciones.
A efectos del presente real decreto, se entenderá por.
8) «importador»: toda persona física o jurídica establecida en la Comunidad Europea que introduzca en el mercado comunitario un producto de un tercer país en el ejercicio de su actividad profesional;
 
 
 

Definicion según el REAL DECRETO 1369-2007 diseño ecológico.